BUENOS AIRES (NA) — La justicia de Nicaragua pidió a la Policía Internacional (Interpol) la detención inmediata del actor Juan Darthés, quien se encuentra en Brasil, para que responda por la acusación por violación agravada que le hizo la Fiscalía nicaragüense luego de la denuncia que en su contra interpuso la actriz Thelma Fardin en diciembre de 2018.
“Se ordena girar orden de detención y captura internacional en contra de Darthés… para efectos de que una vez detenido sea puesto a la orden de esta autoridad judicial para la realización de la correspondiente audiencia”, indicó el juez Celso Urbina en el documento.
Según se informó, para girar la orden de captura de Darthés, Urbina se amparó en el Código Procesal Penal de Nicaragua, en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belem do Pará y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW.
Ante esta situación, el actor argentino podría ser detenido en cualquier momento en Brasil, lugar donde se instaló junto con su familia luego que Fardin realizó públicamente la denuncia.
En tanto, fuentes allegadas al caso señalaron que si se hace imposible que Darthés llegue a Nicaragua para ser procesado debido a que hay acuerdos de extradición entre Brasil y el país centroamericano, la justicia nicaragüense podría pedir a la brasileña que se encargue del caso un juez en Brasil.
El pasado 17 de octubre la Unidad Especializada de Delitos contra la Violencia de Género de Managua, en Nicaragua, que acusó a arthés por el delito de violación agravada y solicitó su detención, indicó que el actor cometió la violación”por la confianza y la superioridad respecto de la víctima”.
En un comunicado difundido por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), que encabeza la fiscal Mariela Labozzetta, se confirmó que recibieron la acusación contra el actor.
“La acusación fiscal tuvo por probado que el actor cometió el delito de violación agravada contra Thelma Fardin, previsto en el artículo 169 literal a) agravada por la confianza y la superioridad del autor respecto de la víctima (literal d) y agravada por la afectación grave a la salud psíquica de la víctima, del Código Penal de Nicaragua”, se señaló en el escrito.