BUENOS AIRES (NA) — El Ministerio de Salud publicó hoy en el Boletín Oficial el nuevo protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), algo que había anunciado ayer el titular de la cartera, Ginés González García.
A través de la resolución 1/2019 del ministro de Salud se publicó hoy el nuevo protocolo para el aborto.
González García aseguró que se trata de una “guía de procedimiento” que cumple con todas las leyes vigentes y que responde a “cánones de la Organización Mundial de la Salud (OMS)”, mientras que aclaró que “es parecido”, pero no exactamente el mismo protocolo que impulsó Rubinstein -sin éxito- semanas atrás.
“Es una evolución (respecto al de su antecesor). Tiene alguna introducción de algún elemento técnico no demasiado importante y sí es un poquito más flexible en cómo se aplica la objeción de conciencia, permitiendo que ella exista pero sí garantizando que se cumpla con la ley”, comentó el funcionario al hacer el anuncio en una conferencia de prensa en la Casa Rosada.
Y, sobre la objeción de conciencia agregó: “Somos respetuosos pero no puede ser una coartada para que no se cumpla la ley. La ley respeta la objeción pero no puede quedarse sin respuesta institucional. Sabemos que hay instituciones que colectivamente han intentado hacer esto y obviamente lo que plantea es lo que se dice la ley”.
En los considerando del decreto publicado hoy se establece que “la política sanitaria debe garantizar el acceso de la población a las mejores prácticas clínicas y de salud pública para promover, prevenir, atender y rehabilitar la salud, así como para velar por la garantía de derechos consagrados en el marco normativo. También debe guiar, acompañar y proteger el trabajo de las instituciones y los equipos de salud con lineamientos claros y actualizados que ayuden a atender a la población con compromiso y responsabilidad”.
“Que, en razón de ello, este protocolo tiene como objetivo ofrecer una guía a los equipos de salud para que cumplan con su responsabilidad en la interrupción legal del embarazo contemplado en el marco jurídico argentino. Se basa en la mejor evidencia científica disponible y en la experiencia de implementación de versiones anteriores de protocolos nacionales y provinciales”.
Y aclara que “el acceso a la interrupción legal del embarazo en las causales previstas en el Código Penal de la Nación de 1921 queda comprendido/garantizado en el marco jurídico argentino por la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos que se incorporaron en su reforma de 1994”.