BUENOS AIRES (NA) — A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el Gobierno dispuso hoy que la doble indemnización “no resultará aplicable” en el ámbito del Sector Público Nacional.
“Las disposiciones del Decreto N° 34 del 13 de diciembre de 2019 no resultan aplicables en el ámbito del Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran”, de acuerdo con el texto publicado este lunes en el Boletín Oficial.
El beneficio, en consecuencia, sólo alcanzará a los trabajadores del sector privado, hasta junio de este año.
Por medio del Decreto N° 34/19, se declaró la emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días a partir de su publicación.