BUENOS AIRES (NA) — Tras un extenso debate en un plenario de comisiones, en el que expusieron integrantes del Gobierno, el oficialismo logró firmar dictamen de mayoría a favor del proyecto para reformar las jubilaciones especiales de jueces, fiscales y diplomáticos, iniciativa que se votará hoy en el recinto de la Cámara de Diputados.
El Gobierno aceptó algunos cambios que reclamaban los sectores afectados por la reforma de las llamadas “jubilaciones de privilegio”, y que la oposición de Juntos por el Cambio respaldaba.
Pese a algunas concesiones puntuales, no hubo fumata blanca y Juntos por el Cambio llevará su propio dictamen de minoría este jueves al recinto, que sesionará a partir de las 12.
También presentaron dictámenes en minoría el Frente de Izquierda y el interbloque Unidad Federal para el Desarrollo de José Luis Ramón.
Hasta avanzada la noche, la postura que predominaba en la principal bancada opositora era la de no dar quórum en la sesión.
Las cambios en la redacción del dictamen fueron ratificadas durante las exposiciones del ministro de Trabajo, Claudio Moroni, del titular de ANSeS, Alejandro Vanoli, y del secretario de Seguridad Social, Luis Bulit Goñi, que fueron los primeros oradores del debate.
El proyecto del Gobierno eleva del 11 a 18% los aportes adicionales al régimen general, establece el 82% móvil sobre un promedio de los últimos diez años -y no sobre el último haber- y eleva la edad jubilatoria a los 65 años, aunque finalmente, y producto de las negociaciones, el incremento quedó solo acotado a los hombres y con una escala gradual hasta 2025.
Justamente, una de las modificaciones que quedaron plasmadas en el dictamen es que las mujeres conservarán la edad jubilatoria a los 60 años y no se equipararán a los hombres.
A su vez, se suprimió la condición de haberse desempeñado como mínimo 20 años en el Poder Judicial como requisito para conseguir la jubilación: se mantienen los 10 años de servicios continuos o bien 15 años de desempeño interrumpido.
Otra concesión del Gobierno fue la que definió que aquellos funcionarios en edad jubilatoria pero que continúan en actividad podrán acogerse al régimen anterior a la promulgación de la ley.