BUENOS AIRES (NA) — La AFIP oficializó hoy la prórroga hasta el 31 de julio del plazo para que las pymes ingresen en el régimen de facilidades de pago, para regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
Ese plazo vencía el martes próximo, pero a raíz de la extensión del aislamiento social, el ente recaudador dispuso extenderlo un mes más, por medio de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial.
Según la AFIP, esta decisión apunta a “morigerar los efectos generados por las medidas adoptadas en el marco de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) las que han impactado no sólo en la vida social de los habitantes de este país, sino también en la economía”.
De acuerdo con lo dispuesto, la primera cuota vencerá el 16 del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión, excepto para los planes presentados hasta el 31 de mayo de 2020, inclusive, en cuyo caso el vencimiento operará el 16 de julio de 2020.
Las cuotas subsiguientes vencerán el 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.
En tanto, por medio de otra resolución general, la AFIP suspendió también hasta el 31 de julio la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de ese organismo, “sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios”.
Asimismo, el ente recaudador suspendió entre el 14 de agosto de 2019 y 31 de julio de 2020, ambos inclusive, la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMEs”, cuyo plazo vencía el 30 de este mes.