BUENOS AIRES (NA) — El Estado aún no tiene fecha definida para pagar el 50% del salario de junio a trabajadores del sector privado, con un tope de $33.750 o dos sueldos mínimos, en el marco del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) destinado a paliar los perjuicios de la cuarentena.
“No definimos la fecha de pago, no hay un plazo preestablecido”, indicaron a la agencia NA fuentes de la AFIP.
Recordaron, además, que este mes se deberán tener en cuenta los nuevos criterios dispuestos por el Gobierno para la cobertura, ya que la ayuda sólo abarcará a empresas radicadas en el AMBA, Chaco y otras zonas puntuales donde no se flexibilizaron las medidas de aislamiento social.
El Estado pagó la mitad de los salarios de unos 2,6 millones de trabajadores del sector privado de todo el país correspondientes a los meses de abril y mayo.
Pero ahora aún no se determinó cuántos serían los empleados alcanzados por el beneficio, ni a qué monto ascendería la partida que deberá asignarse, entre otros puntos claves.
El organismo recaudador procesa la información y determina a quiénes les corresponde el beneficio -lo que se está haciendo en estos días y aún no se finalizó- y luego lo remite a la ANSeS para efectivizar el pago.
“El objetivo del Estado es que los beneficiarios accedan en el menor plazo posible al salario complementario”, señalaron fuentes de la AFIP.
Cuando se puso en marcha el programa ATP, el denominado salario complementario se acreditó en las cuentas de los trabajadores el 7 de mayo -por los sueldos de abril- y correspondió al cuarto día hábil.
En la segunda oportunidad, por los salarios de mayo, los desembolsos se efectuaron el 11 de junio, noveno día hábil del mes, y ahora lo más probable es que se concreten a partir de mediados de la semana próxima.
Fuentes ligadas al sector empresarial indicaron que todavía muchas solicitudes no fueron aprobadas y que a raíz de esta demora la fecha de pago sufrirá este mes un nuevo retraso.
El 26 de junio último, la AFIP habilitó el sistema de registración online para el Programa ATP y fijó como tiempo máximo para anotarse el 3 de julio último.
Según lo indicó, el trámite era obligatorio incluso para aquellas empresas que hubiesen realizado el procedimiento en meses anteriores.
Una vez que la AFIP incorpora los datos y los pasa a ANSeS, en la página web del organismo previsional en el apartado Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción ATP se puede chequear el estado del trámite de cada trabajador cuya empresa se suscribió.
Allí, el organismo informa si el trabajador está registrado en el programa y, en caso negativo, aconseja consultar al empleador y, si es favorable, informa la fecha de cobro.