BUENOS AIRES (NA) — La AFIP oficializó hoy la extensión de la feria fiscal hasta el 2 de agosto, y así continuará vigente la suspensión del cómputo de plazos vigentes para contribuyentes en diversos trámites.
Se trata de la novena prórroga desde que se inició el aislamiento social, y esta nueva decisión se formalizó por medio de una resolución general publicada este martes en el Boletín Oficial.
“Fijar entre el 18 de julio y 2 de agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la resolución general N° 1.983, sus modificatorias y complementarias”, según el texto oficial.
Esa resolución general previó que durante determinados períodos del año -atendiendo a las ferias judiciales que se establezcan cada año para el Poder Judicial de la Nación-, no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la AFIP, vinculados a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
Quedan exceptuados de la feria los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la Administración Federal por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
El ente recaudador explicó que los jueces administrativos, “en la medida que las circunstancias de cada caso así lo aconsejen, deberán adoptar los recaudos necesarios a efectos de asegurar, en aquellos ámbitos geográficos que lo permitan, el normal desarrollo de los actos y trámites necesarios para preservar los intereses del Fisco”.
Asimismo, esos jueces podrán habilitar días y horas para la realización de determinados actos o trámites, “en los casos en que la demora afecte los intereses del Fisco”.