
BUENOS AIRES (NA) — El Gobierno oficializó hoy la reapertura de fronteras para el ingreso de turistas provenientes de países limítrofes, con carácter de “prueba piloto”, y estableció cuáles son las condiciones que deberán cumplir los visitantes y quienes trabajan en la actividad.
Al mismo tiempo, el Gobierno exceptuó del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las actividades del sector y a los turistas que ingresen al país.
La medida se formalizó por medio de la Decisión Administrativa 1949/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
El Poder Ejecutivo justificó esta decisión al destacar que el turismo “genera ingresos genuinos por pagos de servicios directos -alojamientos, paquetes turísticos, restaurantes, industrias culturales, espacios de recreación, comercios de artesanías, servicios personales, transportes, comunicaciones, etc.- e indirectos, ya que el gasto turístico promueve sucesivas cadenas de pagos a proveedores y personal ocupado, así como inversiones en infraestructura”.
Por su parte, las personas autorizadas a prestar los servicios deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19, mientras que quienes ingresen al país al amparo deberán cumplimentar la declaración jurada prevista por Disposición de la Dirección Nacional de Migraciones e incluir la constancia de PCR -con un máximo de 72 horas de anticipación- y de un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19.
También, indicó que los establecimientos o prestadores de servicios que reciban al turismo internacional autorizado o intervengan en la actividad autorizada, “deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas para preservar la salud de sus equipos de trabajo, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros interurbano”.