BUENOS AIRES (NA) — La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy el sistema para que las empresas tramiten créditos a tasa subsidiada y los del programa REPRO II, destinado al pago de salarios en sectores más afectados por la emergencia sanitaria.
Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán iniciar el procedimiento en la página web de AFIP hasta el 6 de diciembre próximo, inclusive.
La posibilidad de acceder al programa ATP depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y la variación nominal en su nivel de facturación.
Para hacer frente a la crisis originada por la pandemia, el Programa ATP complementó los créditos a tasa Subsidiada con los REPRO II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Las empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2019 e igual mes del 2020, podrán optar entre tramitar un crédito con una tasa Subsidiada del 27% o solicitar el REPRO II, según informó la AFIP.
Los empleadores que decidan tramitar el REPRO II deberán recabar y presentar a través del servicio web Programa ATP el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa.
Las empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%, podrán solicitar un crédito a una tasa del 33%.
Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas.
Las compañías que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.