BUENOS AIRES (NA) — A través de un decreto de necesidad y urgencia, el Gobierno prorrogó hoy hasta el 31 de agosto próximo, el plazo para que las empresas pymes puedan acogerse al régimen de regularización de deudas establecido en el marco de la emergencia pública.
Según lo dispuesto, la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten en el marco del régimen, desde el 1° y hasta el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 16 de septiembre de 2020.
Por su parte, la AFIP dictará la “normativa complementaria y aclaratoria necesaria para instrumentar” esta medida, que se formalizó con su publicación, este jueves, en el Boletín Oficial.
Mediante la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva -en el marco de la emergencia pública- se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2020.
En esa ley, sancionada a fines del año pasado, se estableció un régimen de regularización de obligaciones tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras -así como la condonación de sus intereses, multas y demás sanciones-, vencidas al 30 de noviembre de 2019, para aquellos contribuyentes que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas.
Luego, “con el fin de evitar que la adhesión al aludido régimen de regularización se viera afectada por la pandemia y se tornara ineficaz la recuperación de la economía perseguida por dicha ley”, el Poder Ejecutivo extendió el plazo de acogimiento hasta el 31 de julio.
Al mismo tiempo, envió al Congreso Nacional un proyecto de ley ampliatorio del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras.
“Al momento del dictado del presente decreto, el citado anteproyecto de ley se encuentra en pleno trámite parlamentario”, sostuvo la Casa Rosada, por lo cual sostuvo que “con el objeto de continuar posibilitando la adhesión al citado régimen de regularización hasta tanto el Congreso debata la oportunidad, mérito y conveniencia de sancionar la ley que extiende y amplía sus condiciones, se estima necesario prorrogar hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para la adhesión”.
“La dinámica de la pandemia y su impacto sobre la salud pública, tornan materialmente imposible seguir el trámite ordinario previsto para la sanción de las leyes”, justificó el Gobierno.